Inscripción de la empresa

Es un trámite por el que la Tesorería General de la Seguridad Social asigna al empresario un número para su identificación y control de sus obligaciones en el respectivo Régimen del Sistema de la Seguridad Social denominado código de cuenta de cotización, válido para todo el territorio español. A éste se vincularán, todos aquellos que puedan asignársele al empresario.

Presentación: A través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social previa inscripción de la empresa en el registro de empresas de la Seguridad Social.

Plazo: con carácter previo a la contratación de personal.

Otros trámites

1. En el momento de solicitar la inscripción se debe hacer constar la entidad gestora y/o la entidad o entidades colaboradoras por las que opta tanto para la protección de las contingencias de trabajo y enfermedades profesionales como para la cobertura de la prestación económica por incapacidad temporal derivada de contingencias comunes. Información sobre mutuas. Listado.

2. Si abre establecimientos en otras provincias o tiene trabajadores con peculiaridades de cotización deberá abrir otro Código Cuenta Cotización Asociado a través del TA.7.

3. Es obligado a comunicar a la Tesorería General de la Seguridad Social, en el plazo de seis días naturales siguientes a aquel en que se produzcan: el cambio de nombre, domicilio, entidad que cubre las contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y, en su caso, la prestación económica por incapacidad temporal, actividad económica y cualquier otra variación que afecte a los datos declarados en la inscripción, incluida la extinción y/o el cese temporal o definitivo de su actividad.

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