Cotización

Coste: Las cantidades que se deben ingresar mensualmente a la Seguridad Social (cuotas), se calculan aplicando el tipo (un porcentaje) a la base de cotización. Ésta se puede elegir dentro de las bases mínima y máxima que para cada año se establecen. Desde el 1 de enero de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2022, ambos días inclusive, con carácter general, la base mínima es de 960,60 euros mensuales y la máxima de 4.139,40 euros mensuales. Una vez elegida la base de cotización y el tipo, podrán cambiarse pero en los plazos y condiciones que se detallan en la sección Variación de datos: cambios base de cotización y cobertura de baja.

Además puede solicitarse la actualización automática de las bases en función del incremento anual de las bases máximas fijadas por Ley.

Existen reglas especiales de cotización para algunos casos como autónomos que a 1 de enero de 2022 tengan menos de 47 años y 47 años, o con 48 y o más años, trabajadores dedicados a la venta ambulante o a domicilio.

El tipo de cotización obligatorio (incapacidad temporal por enfermedad y accidente común y profesional, cese de actividad y formación profesional): 30,6% (28.30% contingencias comunes, 1,30 contingencias profesionales, 0,90 cese de actividades, 0,10 formación profesional).

Otros: para la cobertura de incapacidad temporal y contingencias profesionales es necesario designar en el momento del alta la Entidad Colaboradora de la Seguridad Social (Mutua) encargada de la gestión de la misma.

El ingreso y pago de las cuotas mensuales de Seguridad Social debe efectuarse el último día del mes al que corresponden las cuotas (se recomienda la domiciliación bancaria para evitar incumplimientos y el consiguiente recargo).

X
X