A continuación, pasan a enumerarse algunas de las operaciones que no llevan IVA:

  • Servicios médicos y sanitarios.
  • Servicios de carácter social.
  • Educación (enseñanzas incluidas en un plan de estudios del Ministerio de Educación).
  • Servicios deportivos y culturales.
  • Operaciones de seguro.
  • Operaciones financieras.
  • Algunas operaciones inmobiliarias (Por ejemplo segundas y ulteriores entregas de edificaciones).
  • Entregas de bienes que hayan sido utilizados por el transmitente en realización de operaciones exentas.
  • Exportaciones.

 

En fechas pasadas se han ido aprobando en diferentes ámbitos, también el del IVA, determinadas medidas extraordinarias para combatir la Covid-19. En este sentido está vigente hasta el próximo 30 de junio de 2022 la aplicación del tipo superreducido a las mascarillas quirúrgicas y la exención a la compra e importación de determinados productos sanitarios destinados a la lucha contra el covid adquiridos por entidades públicas y hospitales. Esta medida debería haber decaído hace bastante tiempo, pero se ha ido prorrogando debido a la persistencia de la situación de pandemia. Por ese motivo podría plantearse una prórroga si llegada la fecha de decaimiento las circunstancias sanitarias lo recomendaran.