Así funciona el plan de pago de la deuda de los entes locales a los proveedores
13 de marzo de 2012 | Sin categoría
Conozca, si algún ayuntamiento o ente tiene alguna deuda con su empresa, los pasos que debe dar para poder hacer efectivo el cobro lo antes posible.
¿A quién se dirige?
A proveedores con deudas pendientes de pago por entidades locales, contraídas y presentadas al cobro antes de 1 de enero de 2012.
Cómo cobrar en diez pasos
- Las Entidades Locales están obligadas a comunicar al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas la lista de proveedores y obligaciones pendientes de pago.
- Los proveedores podrán consultar si están incluidos en la lista y manifestar su voluntad de ejercer su derecho de cobro, indicando su cuenta corriente.
- Los proveedores que no consten en la lista podrán solicitar a la Entidad Local deudora la emisión de un certificado individual.
- El certificado individual se expedirá en un máximo de 15 días. Si pasado este plazo no hay respuesta, se entenderá reconocido el derecho de cobro por silencio positivo.
- Los 5 primeros días de cada mes, cada Entidad Local comunicará al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas los certificados individuales expedidos.
- Los proveedores podrán consultar si están incluidos en la relación de certificados.
- El Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas remitirá al ICO la relación de proveedores con derecho a cobro.
- El ICO, como agente de pagos, ordenará el pago a los proveedores.
- El pago lo efectuaran las entidades de crédito adheridas.
- Los proveedores recibirán el pago de las deudas pendientes de cobro en la cuenta indicada.
Autor:
ATA NAVARRA (Asociación de Trabajadores Autónomos de Navarra)
ATA NAVARRA (Asociación de Trabajadores Autónomos de Navarra)