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El Real Decreto Ley 20/2012: cómo le afecta la subida del IVA y otras medidas tomadas

El Real Decreto Ley 20/2012: cómo le afecta la subida del IVA y otras medidas tomadas

17 de julio de 2012 | Sin categoría

Con los recientes cambios aprobados por el Gobierno, los medios nos van informando sobre cómo se modifica el tipo general y el reducido del IVA, citando también algunos de los sectores afectados. Parte de esos sectores pasarán, además, del tramo reducido al general, suponiendo un incremento impositivo de 13 puntos. Pero, además del IVA, también es preciso conocer algunas otras medidas fiscales relevantes: cambios en el irpf, en los módulos, en el impuesto de sociedades, en el recargo de equivalencia…

Cambios en el IVA

El IVA de la mayor parte de los productos subirá el próximo 1 de septiembre, aunque seguirá manteniendo sus tres tipos tradicionales: general, reducido y superreducido.

  • Tipo superreducido:
  • Se mantiene en el 4 por ciento.
  • Este grava a los productos de primera necesidad: comida no elaborada (pan, aceite y otros alimentos básicos) prensa, libros, medicamentos…
  • Tipo reducido:
  • Pasa del 8 al 10 por ciento.
  • Es el que pagan la mayor parte de los servicios de hostelería, transportes, productos sanitarios y alimentación.
  • Tipo general:
  • Pasa del 18 al 21 por ciento.
  • Es el que grava a los productos y actividades no incluidas en los anteriores.

Subida de 13 puntos

Además, buena parte de los productos y servicios que se incluían en el IVA reducido pasarán a partir de septiembre al régimen general. Esto supondría un incremento impositivo de 10 puntos pero, al haberse incrementado los porcentajes de imposición, el incremento alcanzará los 13 puntos. Lo que para estas actividades significa un incremento impositivo de más del 150 por ciento.

La medida afectará a:

  • Servicios mixtos de hostelería (restaurantes con espectáculo, discotecas o salas de fiesta).
  • Entradas a teatros, circos y demás espectáculos.
  • Servicios prestados por artistas (personas físicas).
  • Servicios funerarios.
  • Peluquería.(el Ministro indicó que en este sector el aumento se repercutirá sobre las cadenas, pero no sobre los establecimientos regentados por autónomos). (Nota 21 de julio: al parecer, finalmente, el aumento se repercutirá sobre todos los establecimientos, también los regentados por autónomos).
  • Televisión digital.
  • Adquisición de obras de arte.
  • Servicios de radiodifusión.
  • Flores y plantas ornamentales.

Según palabras del ministro Montoro: «Menos el transporte, la hostelería, lo que incluye el turismo, y la cesta de la compra, donde están las bebidas refrescantes, sube el del resto de actividades».

Otras medidas fiscales: recargo de equivalencia, módulos, régimen especial de agricultura, viviendas, irpf…

Se modificarán también los tipos del régimen especial de recargo de equivalencia, que quedará de la siguiente manera:

  • Del 4% se pasa al 5,2% para el tipo general.
  • Del 1% se pasa al 1,4% para la tipo reducido.
  • Se mantiene el 0,5% para el tipo superreducido.

Pagarán más IVA las actividades que tributan en módulos. Todavía no se establece el momento (¿octubre?, ¿enero?) pero se incrementarán las cantidades que deberán pagar los empresarios que tributan por módulos (Régimen Simplificado del IVA).

También cambien las compensaciónes en el Régimen Especial de Agricultura, Ganadería y Pesca, que pasarán del 10 al 12 por ciento, y del 8,5 al 10,5 por ciento.

La vivienda también incrementará el tipo impositivo. Se mantendrá su inclusión en el tipo superreducido el 4 por ciento hasta final de año y, a partir del 1 de enero de 2013, se incluirá en el reducido, con lo que se incrementará en 6 puntos. Conviene saber que por la adquisición de viviendas usadas se pagará el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales Onerosas, cuyo tipo depende de las autonomías pero que tributa entre el 7 y el 10 por ciento, con lo cual la diferencia impositiva entre vivienda nueva y usada será mínima (no así en las de protección oficial, que se seguirán incluyendo en el 4 por ciento).

También en lo referente a vivienda, se eliminará la deducción por inversión en vivienda habitual que implicará que los que compraron antes de enero de 2006 podrán desgravar menos dinero.

El IRPF también sufre cambios de nuevo: temporalmente, desde el próximo mes de septiembre y hasta finalizar 2013 se incrementará el tipo de retención (pasando del 15 al 21 por ciento) a los rendimientos de actividades profesionales (arquitectos, médicos, abogados, y otras actividades encuadradas en las Secciones 2ª y 3ª de las Tarifas IAE), y a los rendimientos del trabajo derivados de la impartición de cursos, conferencias, coloquios y similares. También los derivados de la explotación por parte de terceros de obras literarias, artísticas o científicas. A partir de 2014, el tipo de retención quedará fijado en el 20 por ciento.

Impuesto de sociedades

Las medidas que afectan al impuesto de sociedades se dirigen fundamentalmente a las grandes empresas:

  • Se limita durante 2012 y 2013 la compensación de bases imponibles negativas para entidades con una cifra de negocios superior a veinte millones de euros.
  • Se produce un incremento transitorio de los pagos fraccionados. El importe mínimo se eleva del 8 por 100 al 12 por 100. El tipo aplicable también se incrementa para entidades con un volumen de operaciones superior a los 10 millones de euros.
  • Se amplía la limitación de la deducción por gastos financieros, haciéndola extensiva a todas las empresas en general, sin circunscribirse a su pertenencia a un grupo mercantil.
  • Se fija un nuevo gravamen del 10 por 100 sobre rentas de fuente extranjera, exclusivo hasta el 30 de noviembre de 2012.

Consulte íntegramente el Real Decreto Ley 20/2012 de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad.

Si desea acceder a lo referente a las modificaciones en el IVA, puede encontrarlo en el mismo documento a partir de la página 50466 (título IV – Medidas fiscales).

Nota 21 de julio: En la Comunidad Foral de Navarra no son de aplicación las citadas modificaciones referentes al IRPFretenciones profesionales e impuesto de sociedades.

Acerca del autor: navarraemprende

Navarraemprende.com es un portal, impulsado por el Gobierno de Navarra, al servicio de las personas emprendedoras y autónomos de la Comunidad Foral
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