Ayudas para personas trabajadoras autónomas en poblaciones de menos de 5.000 habitantes

enero 8, 2026
autónomos, ayudas y subvenciones, desarrollo rural, emprendimiento rural, Navarra

El próximo día 20 de enero finaliza el plazo para optar a las subvenciones para la financiación de proyectos innovadores para la transformación territorial y la lucha contra la despoblación, durante el ejercicio de 2025, que promueve el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. Toda la información está disponible en este enlace.

Pueden optar a estas subvenciones, en su modalidad A, entidades locales (municipios, cabildos y consejos insulares, provincias, entidades de ámbito superior o inferior al municipio, consorcios, y agrupaciones sin personalidad jurídica), y comunidades autónomas uniprovinciales.

En su modalidad B, podrán presentarse iniciativas promovidas por entidades sin ánimo de lucro que tengan un ámbito de actuación supraprovincial, individualmente o mediante federaciones, confederaciones o agrupaciones, incluidas las federaciones de entidades locales y las cámaras de comercio.

Por su parte, en la modalidad C de las ayudas podrán resultar subvencionados proyectos promovidos por pequeñas y medianas empresas (PYMEs), personas en situación de autoempleo y entidades de la economía social. En todos los casos, los proyectos se deberán desplegar, con carácter general, en municipios o núcleos poblacionales con una población inferior a 5.000 habitantes.

Serán financiables los gastos de los proyectos que resulten seleccionados siempre que hayan sido contraídos desde la publicación de la resolución de concesión de las ayudas y hasta el año 2028. Para cada proyecto seleccionado, las subvenciones concedidas se ajustarán a los siguientes importes mínimos y máximos según la tipología de las entidades beneficiarias:

En el caso de entidades locales y comunidades autónomas uniprovinciales (modalidad A): la ayuda no podrá ser inferior a 25.000 euros ni superar los 300.000 euros –con variaciones según el tipo de entidad–, cubriéndose hasta un 90% del gasto subvencionable del proyecto.

En el caso de entidades sin ánimo de lucro (modalidad B): la ayuda no podrá ser inferior a 50.000 euros ni superar los 200.000 euros, cubriéndose hasta un 90% del gasto subvencionable del proyecto.

En el caso de pymes, personas en situación de autoempleo y entidades de la economía social (modalidad C): la ayuda no podrá ser inferior a 25.000 euros ni superar los 200.000 euros, cubriéndose hasta un 70% del gasto subvencionable del proyecto.