7. ¿Y si se necesita contratar a alguna persona? Inscripción de la empresa en la Seguridad Social
La inscripción de la empresa en la Seguridad Social es un requisito previo para todo empresario, persona física o jurídica, que vaya a contratar personas incluidas en el Régimen General de la Seguridad Social. La Seguridad Social asignará al empresario un código de cuenta de cotización denominado número patronal que será válido para todo el territorio español.
- Presentación: A través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social previa inscripción de la empresa en el registro de empresas de la Seguridad Social. La solicitud de inscripción de la empresa debe realizarse a través del Impreso TA6.
- Plazo: con carácter previo a la contratación de personal.
OTROS TRÁMITES
- En el momento de solicitar la inscripción se debe hacer constar la entidad gestora y/o la entidad o entidades colaboradoras por las que opta, tanto para la protección de las contingencias de trabajo y enfermedades profesionales como para la cobertura de la prestación económica por incapacidad temporal derivada de contingencias comunes: Información sobre mutuas. Listado.
- Si abre establecimientos en otras provincias o tiene trabajadores con peculiaridades de cotización deberá abrir otro Código Cuenta Cotización Asociado a través del TA7.
- Está obligado a comunicar a la Tesorería General de la Seguridad Social, en el plazo de seis días naturales siguientes a aquel en que se produzcan: el cambio de nombre, domicilio, entidad que cubre las contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y, en su caso, la prestación económica por incapacidad temporal, actividad económica y cualquier otra variación que afecte a los datos declarados en la inscripción, incluida la extinción y/o el cese temporal o definitivo de su actividad.
AFILIACIÓN Y ALTA DE LOS TRABAJADORES CONTRATADOS
La afiliación es el acto por el cual se integra en el campo de aplicación del Sistema de la Seguridad Social a cualquier trabajador, siendo obligación del empresario. Con la afiliación se le asigna un número identificativo permanente, válido para toda la vida laboral del trabajador.- Presentación: Sede Electrónica de la Seguridad Social a través de certificado digital.
- Plazo: con carácter previo al inicio de la prestación de los servicios por parte del trabajador.