La inscripción de la empresa en la Seguridad Social es un requisito previo para todo empresario, persona física o jurídica, que vaya a contratar personas incluidas en el Régimen General de la Seguridad Social. La Seguridad Social asignará al empresario un código de cuenta de cotización denominado número patronal que será válido para todo el territorio español.

  • Presentación: A través de la Sede Electrónica de la Seguridad social previa inscripción de la empresa en el registro de empresas de la seguridad social.
  • Plazo: con carácter previo a la contratación de personal.

Otros trámites

  • En el momento de solicitar la inscripción se debe hacer constar, la entidad gestora y/o la entidad o entidades colaboradoras por las que opta tanto para la protección de las contingencias de trabajo y enfermedades profesionales como para la cobertura de la prestación económica por incapacidad temporal derivada de contingencias comunes Información sobre mutuas. Listado.
  • Si abre establecimientos en otras provincias o tiene trabajadores con peculiaridades de cotización deberá abrir otro Código Cuenta Cotización Asociado a través del TA7.
  • Es obligado a comunicar a la Tesorería General de la Seguridad Social, en el plazo de seis días naturales siguientes a aquel en que se produzcan: el cambio de nombre, domicilio, entidad que cubre las contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y, en su caso, la prestación económica por incapacidad temporal, actividad económica y cualquier otra variación que afecte a los datos declarados en la inscripción, incluida la extinción y/o el cese temporal o definitivo de su actividad.

 

 

e debe realizar la solicitud a través del Impreso TA6 y éste debe de ir acompañado por los siguientes documentos:

  • Original y copia del alta en el IAE.
  • Fotocopia de alta en el RETA.
  • Fotocopia del DNI del empresario autónomo.
  • Opción de cobertura accidente de trabajo y enfermedad profesional por INSS o Mutua (esto no es un documento aparte sino una casilla a rellenar en el impreso)..

Plazo de presentación

Antes de que el trabajador comience su actividad.

Lugar de presentación

Administración de la Tesorería General de la Seguridad Social correspondiente al domicilio.

Afiliación y Alta de los Trabajadores Contratados

La afiliación es el acto por el cual se integra en el campo de aplicación del Sistema de la Seguridad Social a cualquier trabajador, siendo obligación del empresario.

Con la afiliación se le asigna un número identificativo permanente, válido para toda la vida laboral del trabajador.

La afiliación se presentará con el Modelo TA1, a nombre de cada trabajador junto con una fotocopia de su DNI, y se presentará en la Administración de la Tesorería General de la Seguridad Social correspondiente al domicilio de la empresa.

El empresario también debe comunicar las altas de los trabajadores que ingresan a su servicio. Se debe comunicar el alta de nuevos trabajadores mediante el documento TA2 firmado por el empresario acompañado de la fotocopia del documento de afiliación del trabajador.