DECLARACIÓN DEL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES

Las sociedades civiles con personalidad jurídica y objeto mercantil están sujetas al Impuesto sobre Sociedades.

La declaración se presentará en el plazo comprendido entre el primer día del quinto mes y el vigésimo quinto día natural del séptimo mes siguientes a la conclusión del periodo impositivo, y se utilizará el modelo de declaración S90, que deberá presentarse obligatoriamente por vía telemática.

TIPOS DE GRAVAMEN

Los tipos de gravamen son:

  • El 28%.
  • El 23% para las pequeñas empresas.
  • El 19% para microempresas.
  • El 17% para Sociedades Cooperativas, fiscalmente protegidas para sus resultados cooperativos y  las Sociedades Laborales que cumplan determinados requisitos.
  • El 10% para las entidades acogidas al Régimen Fiscal de la ley 10/1996 de las fundaciones y actividades de patrocinio.

 

*El artículo 12 de la Ley Foral 26/2016 del Impuesto sobre sociedades recoge la definición de pequeña y microempresa.

Tributación mínima.

-18% para las entidades que tributen al tipo general.

-16% para las entidades que tributen al 23%.

-13% para las entidades que tributen al 19%.

PAGO FRACCIONADO

Durante los veinte primeros días naturales del mes de octubre de cada año, efectuarán un pago fraccionado a cuenta de los resultados del ejercicio en curso.

Existen dos modalidades para la determinación de la base de los pagos fraccionados:

  • Modalidad Primera:

De carácter automático, consiste en aplicar el 30% sobre la cuota efectiva correspondiente al último periodo impositivo cerrado. A estos efectos la cuota efectiva será la resultante de minorar la cuota íntegra en el importe de las deducciones, bonificaciones, retenciones e ingresos a cuenta.

  • Modalidad Segunda:

Consiste en aplicar el 20% a la base imponible del periodo de los nueve primeros meses de cada año natural De la cantidad resultante se deducirán las retenciones e ingresos a cuenta practicados en ese periodo.

Para optar por la segunda de las modalidades, es necesario ponerlo de manifiesto expresamente en el modelo S91, que deberá ser presentado dentro del plazo de presentación reglamentariamente establecido.

La presentación e ingreso de los pagos fraccionados se realizará los primeros veinte días naturales del mes de octubre, utilizando para ello el modelo S91 que obligatoriamente deberá presentarse por vía telemática.

CUOTA DEL IMPUESTO DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS

Las empresas cuya cifra de negocios no supere el millón de euros están exentas del pago de las cuotas del IAE. Anualmente se deberá informar en el modelo F-65 el importe neto de la cifra de negocios de la entidad. El plazo para cumplir está obligación transcurre del 1 al 14 de febrero del ejercicio en que deba surtir efecto. Estarán exonerados de cumplir esta obligación quienes hayan informado previamente del importe neto de la cifra de negocios a la Hacienda Foral de Navarra en alguna declaración tributaria (Impuesto de Sociedades, IRPF…) y las empresas de nueva creación. Esto implica que quienes deberán atender esta obligación serán empresas que no tributen en Navarra pero realicen actividades económicas por las que deban darse de alta en el territorio.